Los contratos han pasado de tener el código 401, contrato por obra y servicio, al código 420, contrato en prácticas. ¿Y qué efectos prácticos tiene? Al ir a pedir la tarjeta sanitaria europea los predocs se encuentran con que no tienen derecho a ella. La CRUE reconoce que es un problema aún sin solución. En segundo lugar, el fin de un contrato de obra y servicio implica una indemnización de doce días por año trabajado mientras que los contratos en prácticas no tienen indemnización, cada uno perdería unos 2.050 euros. La CRUE no lo menciona y al contrario de lo que dice el comunicado del CSIC, que nunca se ha pagado, al menos una parte importante de los predocs sí que lo han cobrado en el pasado. En tercer lugar, los contratos en prácticas tienen una duración máxima de dos años, por lo que no podrían ser contratados por esa misma fórmula. Los rectores indican que al ser contratos especiales, no hay problema pero esa no es la impresión que tienen los propios afectado. En cualquier caso, si no pasa nada, qué mal se ha hecho y si pasa, va a generar un grave conflicto. Hace falta una carrera científica y proteger a los predocs y postdocs -el problema también afecta a los postdoctorales Ramón y Cajal y Juan de la Cierva- porque ellos son el futuro de nuestra investigación. Además, no solo son investigadores en formación, también son trabajadores y tienen no solo obligaciones sino también derechos.
Publicado en el Día de Salamanca.